Revisar lo que contiene la ley federal en estos ámbitos y comentar que dejamos, que cambiamos y que incluimos para la propuesta estatal.
Qué diferencias o mejoras debería tener la ley estatal comparando con la federal, en relación a:
-Fomento
-Incidencia (ámbitos de los derechos)/observatorios
-Autonomía
-Participación
-Redes/cooperación nacional e internacional
-Formación/Profesionalización
-Planeación
-Otros
El plazo para comentar es del lunes 14 al viernes 25 de junio. Garcias por sus comentarios
Ley Federal de Fomento a la Participación de las OSC's
a) En la Ley Federal existe un órgano denominado Comisión de Fomento. Nuestra propuesta para la Ley de Chiapas es que esta comisión no sólo esté conformada por las Secretarías designadas por el Ejecutivo, sino también por una representación paritaria designada por la sociedad civil, que sea representativa desde el punto de vista sectorial y territorial.
ResponderEliminarb) Por tanto, para cubrir esta necesidad proponemos la creación de un mecanismo de coordinación, con amplia y diversa representación de la propia sociedad civil, tal como lo establece el Art. 6, en sus fracciones II y III de la ley Federal de Fomento. La ley de Chiapas deberá contemplar un Capítulo que especifique las características, atribuciones y funciones de dicho mecanismo de coordinación, el cual incluirá el Registro de las diversas organizaciones (Cap. CUARTO de la Ley Federal).
c) De las acciones de fomento (Cap. TERCERO de la Ley Federal). Como un reconocimiento a la autonomía de las organizaciones de la sociedad civil, proponemos que la ley de Chiapas contemple el reconocimiento y fomento de formas de organización no necesariamente reconocidas jurídicamente. Sería tarea del mecanismo de coordinación dar, a manera de certificación participativa, este reconocimiento. Ello permitiría y fomentaría la participación de organizaciones gremiales, territoriales, juveniles, artísticas y diversas expresiones de la ciudadanía que no necesariamente son de largo plazo ni requieren de una institucionalidad para hacerlo.
d) En el espíritu de las acciones de fomento de la ley federal, que están acotadas a dar apoyos y estímulos, en la Ley de Chiapas proponemos que se incluya la creación de partidas presupuestales específicas y el otorgamiento de subsidios para las OSC’s.
e) En cuanto a la fracción XII del artículo 6 de la ley Federal, proponemos que la ley de Chiapas especifique que el Estado se obliga a no intervenir en las formas de asociación y organización de la sociedad civil, en reconocimiento de la autonomía de las mismas por tratarse de asuntos internos y derechos inalienables, en los términos del Art. 9 Constitucional.
f) Con relación al Art. 6, Fracc. II de la ley Federal, proponemos que se considere una diferenciación con respecto al referente de la Ley de Planeación Federal, la cual establece como único órgano a la Comisión Permanente del Congreso de la Unión para determinar cuáles propuestas de la sociedad pueden ser tomadas en cuenta para la definición de planes y programas que serán llevados a cabo por el Ejecutivo. Para la Ley de Chiapas es necesario, reformar la ley de Planeación de manera que permita crear otra comisión, que incluya la representación de las OSC´s y otras formas de participación de la sociedad, como plebiscitos y referéndums, junto con un reglamento que determine los criterios y mecanismos que deban aplicarse, para que las propuestas de la sociedad sean incluidas. Todo ello, debe dar pie a la formulación de un capítulo específico referido a la incidencia en política pública y legislativa, que garantice el acceso de las iniciativas civiles en el Ejecutivo y en el Legislativo.
COMISION DE LEY
g) Proponemos que la ley de Chiapas garantice el derecho a la participación política (no electoral ni partidista) de las organizaciones, como un derecho colectivo y de asociación.
ResponderEliminarh) Además del derecho a acceder a recursos públicos, proponemos que la ley de Chiapas contemple mecanismos diversos y estímulos fiscales (por ejemplo, la exención del pago del 2% sobre nómina) que permitan generar recursos financieros para lograr la auto sustentabilidad de las organizaciones.
i) Proponemos que en la ley de Chiapas se establezca como derecho el que nuestras actividades sean visibilizadas, principalmente a través de los medios masivos de comunicación, para lo cual el Estado debería de proveer espacios y tiempos.
j) Proponemos que la ley de Chiapas cuente con un capítulo referente a la profesionalización de las organizaciones, entendida ésta como derecho y proceso de formación tanto académica como no formal, de tal manera que resulten beneficiadas todas las organizaciones certificadas por el Mecanismo de Coordinación, con base a diversos indicadores de profesionalización que él mismo determine.
k) Proponemos que la ley de Chiapas cuente con un capítulo referente a la constitución, operación y desarrollo de redes civiles, en el entendido de que son sujetos certificación del Mecanismo de Coordinación, con el fin de que no necesariamente tengan que constituirse legalmente.
COMISIÓN DE LEY